ICA

Entrada y salida de mascotas en Colombia

Para ingreso o salida de Colombia con mascotas (perros y gatos) encontraran informacion sobre el desarrollo del trámite de interés, y la expedición del Certificado de Inspección Sanitario (CIS) emitido por el ICA.

Para la movilización de perros y gatos dentro del territorio nacional, no se requiere tramitar el Certificado de Inspección Sanitaria – CIS del ICA.
Nota: Las aerolíneas y empresas de transporte establecen sus propias políticas para la movilización de mascotas, consulte con ellas antes realizar su viaje.
 
Los usuarios interesados en ingresar a Colombia con perros y gatos como equipaje acompañado o transportados  en la modalidad de carga, deberán realizar el siguiente proceso de registro con el fin de radicar su solicitud de inspección sanitaria y trámite respectivo del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS) en Puertos, Aeropuertos o Pasos de Frontera (PAPF) de ingreso a Colombia:

 

  1. Registrarse como usuario ICA a través del siguiente link (http://afrodita.ica.gov.co/ADM_IMPORTADOR_EXPORTADOR/AddADM_IMPORTADOR_EXPORTADOR_PUB.aspx),  y a través de correo electrónico recibirá el usuario y contraseña de acceso al sistema; proceso que es requerido para iniciar  la solicitud  del CIS para autorizar el ingreso de su mascota al país.
  • Si al momento del registro el sistema arroja mensaje de error o que ya se encuentra registrado, debe comunicarse con:  [email protected]
  • Con el usuario y contraseña asignado, ingresar en el SISPAP (Sistema de Información sanitaria para importación y exportación de productos agrícolas y pecuarios) para realizar la solicitud del certificado de  inspección Sanitaria CIS, para el ingreso de mascotas (perros y/o gatos) a Colombia y hacer el pago en línea correspondiente.


 Notas:

  • En caso de viajar con animales de diferentes especies (perro y gato) deberá realizar solicitudes por cada una de ellas.
  • En caso de viajar con 2 o más animales de la misma especie (perro o gato) podrá realizar una sola solicitud (hasta 10 animales por solicitud).

Expedición del Certificado de Inspección Sanitaria

1. Inspección Documental

Al momento del arribo a Colombia el propietario o tenedor de la mascota debe presentar al funcionario ICA del aeropuerto, puerto o paso de frontera la siguiente documentación:

a) Original del Certificado Sanitario:
Expedido o avalado por la entidad sanitaria oficial del país de origen (con sello y firma original o electrónica) con fecha de expedición no mayor a diez (10) días calendario previo al ingreso de los animales a Colombia; en el cual se certifique:

  • Características del animal: Especie, raza, sexo, edad, color del pelaje y otras señas particulares.
  • Que el animal se encuentra libre de enfermedades infecto contagiosas   transmisibles y parasitarias
  • Que el animal ha recibido un tratamiento antiparasitario interno y externo, dentro de los 4 meses previos al viaje, con productos cuyo uso está debidamente autorizado en el país de origen, indicando: nombre del producto, principio activo y la fecha de administración del mismo.
  • Que el animal no presenta heridas frescas o en proceso de cicatrización y se encuentra en condiciones sanitarias aptas para ser transportado.
  1. b) Certificación de vacunación vigente
    El cual incluya nombre de la vacuna, número de lote, fecha de administración y fecha de vigencia; para las siguientes enfermedades:
    Perros:Rabia, Enfermedad de Carré (Distemper), hepatitis canina, leptospirosis (canícola e icterohemorragiae), Parvovirus, Coronavirus, Parainfluenza. 
    * Gatos: Rabía, Panleucopenia felina.


Notas:

  • Si en el país de origen no hay disponibilidad de alguna vacuna o no corresponde a los planes sanitarios establecidos, no serán exigidas de manera obligatoria, salvo la vacunación de Rabia.
  • Para animales vacunados por primera vez contra la rabia, ésta deberá haber sido aplicada con una antelación de mínimo 21 días a la fecha de llegada al país.
  1. c) Presentar impresos la solicitud para la inspección y emisión del Certificado de  Inspección Sanitario CIS, junto al comprobante de pago, los cuales fue tramitados a traves del SISPAP.

    Emisión del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS):
    Para emitir el CIS el funcionario ICA verificará la información de la solicitud y procederá a realizar la revisión documental y la inspección física de la mascota. Si la inspección es satisfactoria, se emitirá el Certificado de Inspección Sanitaria (CIS)

    NOTA:
    Si la inspección no es satisfactoria, se procederá a tomar una de las siguientes medidas sanitarias: Retención, cuarentena domiciliaria, reembarque o sacrificio sanitario. El  propietario o responsable de la mascota deberá asumir los costos y responsabilidades de la medida sanitaria aplicada.

 

PAGO DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN SANITARIA (CIS) PARA INGRESO DE PERROS Y GATOS Y PARA SOLICITUDES NO TRAMITADAS POR EL SISPAP.

Para consultar el valor de la inspección y emisión del Certificado de Inspección Sanitaria – CIS, consultar el siguiente link: https://www.ica.gov.co/oferta-institucional/tarifas

El valor a cancelar es la Tarifa Básica para el año vigente en pesos colombianos. Valor establecido para la expedición de CIS, en los horarios normales de atención al público. Código de servicio ICA: 04223.

Servicio especial: es la Tarifa que aplica en pesos colombianos. En el horario de atención diferente al horario normal, previa solicitud por escrito a la oficina por donde ingresa o sale la mascota con antelación de 48 horas. Código de servicio ICA: 04223.

Para realizar el pago, se debe tener presente los siguientes códigos del servicio para la expedición del CIS, de acuerdo con la finalidad de las mascotas:

SERVICIO

CODIGO

Tarifa básica mascotas (Hasta 5 animales por especie)

04223

Tarifa básica comercial (hasta 10 animales)

04224

Tarifa comercial después de10 animales, costo adicional por animal

042241

 

FORMA DE PAGO

  • En el punto de ingreso se reciben tarjetas de las franquicias: CREDIBANCO MASTERCARD, VISA y AMERICAN EXPRESS.
  • No se recibe dinero en efectivo.

Notas:

  • Para los casos el pago de la cuarentena domiciliaria, el Código de servicio ICA es el Numero 04254 (En el Banco Davivienda el código de servicio que se debe reportar es 25472).
  • Tarifa Básica para la cuarentena domiciliaria año vigente se cancela en pesos colombianos. Código de servicio ICA: 04254.
  • ​Para los viajeros que tengan cuenta bancaria con entidades financieras en Colombia, podrán realizar el procedimiento de solicitud de inspección sanitaria de animales de compañía y realizar el pago en línea, el cual agilizará el proceso de importación o exportación del animal de compañía.

 

  • Los usuarios interesados en salir de Colombia con perros y gatos como equipaje acompañado o transportados  en la modalidad de carga, deberán realizar el siguiente proceso de registro con el fin de radicar su solicitud de inspección sanitaria y trámite respectivo del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS) en Puertos, Aeropuertos o Pasos de Frontera (PAPF) para la salida de Colombia:

    • Registrarse como usuario ICA realice click AQUI,  y a través de correo electrónico recibirá el usuario y contraseña de acceso al sistema; proceso que es requerido para iniciar  la solicitud  del CIS para autorizar la salida de su mascota del país.Si al momento del registro el sistema arroja mensaje de error o que ya se encuentra registrado, debe comunicarse con: [email protected] 

    • Con el usuario y contraseña asignado, ingresar en el SISPAP (Sistema de Información sanitaria para importación y exportación de productos agrícolas y pecuarios) para realizar la solicitud del certificado de  inspección Sanitaria CIS, para la salida de las mascotas (perros y/o gatos) a Colombia y hacer el pago en línea correspondiente. 

    • Para ingresar y hacer su solicitud de inspección ingrese al siguiente el link con su usuario y contraseña de SISPAP https://afrodita.ica.gov.co/Security/SignIn.aspx
    • Para conocer el detalle de la anterior información, favor ingresar al siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=oUEpdwiN3zs.

    • Notas:
    • En caso de viajar con animales de diferentes especies (perro y gato) deberá realizar solicitudes por cada una.

    • En caso de viajar con 2 o más animales de la misma especie (perro o gato) podrá realizar una sola solicitud (hasta 10 animales por solicitud).

    • Expedición Del Certificado De Inspección Sanitaria
    • El usuario interesado en salir desde Colombia con su perro o gato, debe acercarse a la oficina ICA del Puerto, Aeropuerto o Paso de Frontera (PAPF) en compañía de la mascota para la respectiva inspección documental y física del animal.
    • Notas:
    • Se recomienda hacer este proceso dentro de los 5 días anteriores al viaje, teniendo en cuenta las consideraciones y exigencias adicionales que puedan existir según el país de destino.

    • Puntos y horarios de atención:
    • Para conocer la ubicación de las oficinas ICA de los puertos, aeropuertos y pasos fronterizos, horarios de atención y  realizar consultas  remitirse a: https://www.ica.gov.co/areas/proteccion-fronteriza/directorio-papf
    • Para la salida de mascotas, el CIS puede ser tramitado en las ciudades donde el ICA disponga de oficinas PAPF (Puertos, Aeropuertos y pasos fronterizos) previo cumplimiento de los requisitos exigidos por el país de destino.

    • Proceso: Inspección Documental:

Al momento del trámite el propietario o responsable de la mascota debe presentar al funcionario ICA del aeropuerto, puerto o paso de frontera PAPF la siguiente documentación:

a. Certificado Sanitario (Original y copia)  
    • Expedido por un Médico Veterinario o Médico Veterinario y Zootecnista, con firma y número de matrícula profesional expedida por COMVEZCOL , con fecha de expedición no mayor a cinco (5) días calendario previos a la salida de los animales, en el cual se debe certificar:
    • Características del animal: Especie, raza, sexo, edad, peso, color del pelaje .

    • Las mascotas (perros) deberán estar identificados por medio de microchip (con forme con la normatividad ICA vigente), el cual debe ser leído por un dispositivo compatible con la tecnología HDX o FDX-B. Cuando el microchip no sea compatible con dicha tecnología, el usuario deberá proporcionar los medios necesarios para su lectura. El número del microchip será registrado en el Certificado de Inspección Sanitaria – CIS emitido por el ICA.

    • El animal fue sometido a examen clínico, y se encontró libre de síntomas y/o signos de enfermedades infecto contagiosa transmisible o parasitaria,  no presenta heridas frescas o en proceso de cicatrización y se encuentra en condiciones sanitarias y de salud aptas para ser transportado.

    • El animal recibió antes del viaje un tratamiento antiparasitario interno y externo antes del viaje , administrado de acuerdo con las exigencias del país de destino, con productos que estén debidamente autorizados en Colombia, indicando:
      • Nombre del producto

      • Número de lote

      • Principio activo

      • Fecha de administración.

    • Nota:La edad registrada en el certificado debe corresponder a la edad cronológica del animal.

 Certificación de vacunación vigente (Original y copia) 
De acuerdo con la especie y edad del animal, dando cumplimiento con el plan vacunal exigido por el país de destino, en el que se especifique:
    •  
    • Nombre del producto

    • Número de lote

    • Fecha de administración

    • Fecha de revacunación o vigencia.

    • Notas:
    • Para animales vacunados por primera vez contra la rabia, ésta debe haber sido aplicada con una antelación de mínimo 21 días a la fecha de viaje o el tiempo post-vacunación exigido por el país de destino (30 días para Estados Unidos).

    • Presentar impresos la solicitud para la inspección y emisión del Certificado de  Inspección Sanitario CIS, junto al comprobante de pago, los cuales fue tramitados a traves del SISPAP.

    • Emisión del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS) 
 
    • El funcionario ICA verificará la información de la solicitud y procederá a realizar la revisión documental y la inspección física de la mascota. Si la inspección es satisfactoria, se emitirá el Certificado de Inspección Sanitaria (CIS)
Si la inspección documental o física no es satisfactoria, no se emitirá el certificado de inspección sanitaria CIS requerido para autorizar la salida de la mascota, el viajero podrá volver a presentar la solicitud una vez subsanada la situación de rechazo.
    •  
    • REQUISITOS ADICIONALES EXIGIDOS POR ALGUNOS PAÍSES DE DESTINO
    • A continuación, se indican las exigencias adicionales requeridas por algunos países de destino con relación al ingreso de perros y gatos procedentes de Colombia.
    • ARGENTINA:Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)


    • ARUBA
Solicitar requisitos sanitarios y permiso de ingreso con el servicio veterinario oficial de Aruba vía mail [email protected]


    • AUSTRALIA:Department of Agriculture, Water and the EnvironmentNota: No permiten el ingreso de mascotas (perros y gatos) procedentes de Colombia.


    • BOLIVIA:senasag.gob.bo › requisitos-para-tramites-sa


    • BRASIL:Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento
    • Nota:Se debe presentar al ICA el formato “International Veterinary Certificate for Export of Dogs and Cats From to Brazil debidamente diligenciado por el médico veterinario particular, para su debido aval y autorización
    • CANADÁ:Canadian Food Inspection Agency – CFIA


    • CHILE:Servicio Agrícola y Ganadero – SAG


    • COSTA RICA:Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA)


    • ECUADOR:Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario – AGROCALIDAD
    • EL SALVADOR:Ministerio de Agricultura y Ganadería


    • ESTADOS UNIDOS:USDA-APHIS United States Department of Agriculture
    • Nota: El médico veterinario debe emitir una certificación adicional relacionada con la vacuna antirrábica  y debe hacerse en idioma inglés.
    • GUATEMALA:Ministerio de agricultura, ganaderia y alimentación 


    • JAPÓN:Ministry of Agriculture, Forestry and Fisheries – MAFF
    • Nota:Solicitar ante el Servicio Veterinario Oficial de ese país, consulado o embajada la autorización previa de ingreso y cumplir con lo establecido en el permiso y diligenciar el formulario requerido.
    • MÉXICO:Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA)


    • NICARAGUA:Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria (IPSA)


    • NUEVA ZELANDA:Ministry for Primary Industries
    • Nota:No permiten el ingreso de mascotas (perros y gatos) procedentes de Colombia.


    • PANAMÁ:Ministerio de Desarrollo Agropecuario – MIDANota: El Certificado de Inspección Sanitaria – CIS expedido por el ICA debe ser apostillado en Cancillería de Colombia. (Trámite realizado por vía web).  
    • PERÚ:Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA
    • TRINIDAD Y TOBAGO:Ministry of Agriculture, Land and Fisheries
    • Nota: Solicitar permiso de ingreso de pre aprobación con el servicio veterinario oficial de Trinidad y Tobago.
    • UNIÓN EUROPEA (UE), REINO UNIDO Y SUIZA:
Según el reglamento UE 576/2013del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, establece los nuevos requisitos para la movilización de mascotas (perros, gatos y hurones) a los estados miembros de la UE:
    • La mascota debe estar identificada con un microchip que cumpla con la norma ISO 11784 y aplicar la tecnología HDX o FDX-B, y poder ser leído con un dispositivo de lectura compatible con la norma ISO 11785.

    • La mascota debe estar vacunada contra la rabia, para lo cual debe ser aplicada, al menos a los 3 meses de edad (Reglamento UE 576/2013).

    • Presentar resultado de la prueba de la prueba de títulos de anticuerpos contra rabia; para ello la toma y envió de la muestra al laboratorio debe ser realizada por un médico veterinario particular en ejercicio de su profesión. La muestra de suero debe haber sido tomada un (1) mes después de realizada la vacunación contra la rabia y tres (3) meses antes del desplazamiento, es decir, la edad mínima para que la mascota pueda entrar en los países de la Unión Europea es de siete (7) meses.

    • Envío y resultado de análisis de laboratorio de anticuerpos neutralizantes contra Rabia (original y copia). La muestra debe ser procesada por un laboratorio autorizado por la Unión Europea y el resultado para ser considerado satisfactorio, no debe ser inferior a 0,5 UI/ML.
    • Las mascotas que retornen a los países de la UE y hayan realizado la prueba antes de su llegada a Colombia, no tendrán que esperar los 3 meses para la salida, siempre y cuando el resultado de la prueba sea satisfactorio.

    • El listado de los laboratorios autorizados para realizar la prueba de anticuerpos contra la rabia, puede ser consultado en  el siguiente link: http://ec.europa.eu/food/animal/liveanimals/pets/approval_en.htm
    • Se debe presentar al ICA el formato “ Modelo de certificado zoosanitario para los desplazamientos sin ánimo comercial de perros, gatos o hurones a Estados miembros desde un territorio o tercer país de conformidad con el artículo5, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) Nº577/2013” correspondiente al Anexo 4 de dicho Reglamento, debidamente diligenciado por el médico veterinario particular, para su debido aval y autorización.

    • URUGUAY:Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca

NOTAS:
    • Si desea viajar con destino a otro país, diferente de los aquí citados, debe ponerse en contacto directamente con el Servicio Veterinario oficial, Embajada o Consulado del país de interés, para consultar los requisitos sanitarios exigidos para permitir el ingreso de animales de compañía (perros / gatos) a su territorio procedentes de Colombia.

    • Solo se permitirá la salida del país de aquellos animales que cumplan con los requisitos exigidos por el país de destino. Se podrá emitir el CIS, sin cumplir con la totalidad de requisitos sanitarios, siempre y cuando el usuario presente autorización de la autoridad competente del país de destino, que permita el ingreso bajo esas condiciones.

    • PAGO DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN SANITARIA (CIS) PARA  LA SALIDA DE PERROS Y GATOS Y PARA SOLICITUDES NO TRAMITADAS POR EL SISPAP.
Para consultar el valor de la inspección y emisión del Certificado de Inspección Sanitaria – CIS, consultar el siguiente link: https://www.ica.gov.co/oferta-institucional/tarifasEl valor a cancelar es la Tarifa Básica para el año vigente en pesos colombianos. Valor establecido para la expedición de CIS, en los horarios normales de atención al público. Código de servicio ICA: 04223.

Servicio especial: es la Tarifa que aplica en pesos colombianos. En el horario de atención diferente al horario normal, previa solicitud por escrito a la oficina por donde ingresa o sale la mascota con antelación de 48 horas. Código de servicio ICA: 04223.

Para realizar el pago, se debe tener presente los siguientes códigos del servicio para la expedición del CIS, de acuerdo con la finalidad de las mascotas:
 

    •                SERVICIO

    •                CODIGO

    •                Tarifa básica mascotas (Hasta 5 animales por especie)

    •                04223

    •                Tarifa básica comercial (hasta 10 animales)

    •                04224

    •                Tarifa comercial después de10 animales, costo adicional por animal

    •                042241

    • 

FORMA DE PAGO
    • En el punto de salida se reciben tarjetas de las franquicias: CREDIBANCO MASTERCARD, VISA y AMERICAN EXPRESS.

    • Pago a traves de PSE.

    • Los pagos se pueden efectuar vía Baloto convenio 950698.

    • No se recibe dinero en efectivo.

    • A través entidad bancaria a continuación se relaciona la información, favor tenga en cuenta que las consignaciones deben realizarse con el nombre del pasajero y el documento de identidad con el cual se expedirá el CIS .


     

    BANCO DE OCCIDENTE
Cuenta Corriente: 23008156-4
Cod. Recaudo 12662
REF 1: Número de documento de identidad
(Cédula, pasaporte o NIT)
REF 2: Código de servicio a cancelar
 

    BANCO AGRARIO
Cuenta Corriente: 002300201270
Cod. Convenio: 11299
REF1: Número de documento de identidad (Cédula, pasaporte o NIT)          
REF 2: Nombre completo o razón social
REF 3: Código de servicio a cancelar            

    DAVIVIENDA*
Cuenta Corriente: 008969998189
ICA RECAUDOS
REF1: Número de documento de identidad
(Cédula, pasaporte o NIT)
REF2: Cod Servicio + Cod Davivienda

* Nota: Para pagos en Davivienda el código de servicio que se debe reportar es 22321

    BANCOLOMBIA
Cuenta Corriente: 24190773421
COD. Convenio: 72159
REF 1: Número de documento de identidad (Cédula, pasaporte o NIT)
REF 2: Código de servicio a cancelar
 

Para los animales en tránsito al momento de ingreso al país, el interesado deberá presentar al ICA el certificado del país de origen, especificando el destino final. 


El ICA procederá a autorizar la salida de la mascota sin necesidad de tramitar el CIS, con la refrendación del certificado de país de origen, validándolo con firma y sello oficial.

La duración máxima de transito de un animal no podrá ser superior a 3 días contados a partir de su ingreso al país.

PUNTOS PAPF DONDE PUEDE TRAMITAR EL CIS

Favor remitirse al Directorio de los Puertos, Aeropuertos y Pasos de Frontera: Directorio  PAPF  y consultar los horarios de atención: Horario atención PAPF.

Para información adicional, recomendamos comunicarse:

Oficinas Nacionales del ICA – Dirección Técnica de Cuarentena, Carrera 68A #24B-10 Edificio Plaza Claro Torre 3. Teléfono: 7563030 Ext. 3452

[email protected]

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